Estas son algunas de las multas que empiezan a regir desde hoy, 30 de enero, y que usted debe tener en cuenta para evitarse inconvenientes:
- Multa Tipo 1: Tiene un costo aprox. de $ 98.360 (4 salarios mínimos diarios legales)
Se encuentran:
- Limitar u obstruir las manifestaciones de afecto y cariño que no configuren actos sexuales o de exhibicionismo en razón de la raza, origen nacional o familiar, orientación sexual, identidad de género u otra condición similar.
- Emplear o inducir a los niños y adolescentes a utilizar indebidamente las telecomunicaciones o sistemas de emergencia.
- Permitir que animales o mascotas en espacio público esparzan las bolsas y recipientes de basura puestas para la recolección.
- Multa Tipo 2: tiene un costo aprox. de $196.720 (8 salarios mínimos diarios legales)
Se encuentran, entre otras:
- Reñir, incitar o incurrir en confrontaciones violentas que puedan derivar en agresiones físicas.
- Amenazar con causar daño físico a personas por cualquier medio.
- Portar armas, elementos cortantes, punzantes o semejantes, o sustancias peligrosas en áreas comunes o lugares abiertos al público, se exceptúa quien demuestre que esos materiales constituyen una herramienta de su actividad deportiva, oficio, profesión u estudio.
- Irrespetar a las autoridades de Policía.
- Multa Tipo 3: Tiene un costo aprox. de $393.440 (16 salarios mínimos diarios legales vigentes)
Se encuentran:
- Agredir físicamente a personas por cualquier medio.
- Poner en riesgo a personas o bienes durante la instalación, utilización, mantenimiento o modificación de las estructuras de los servicios públicos.
- No reparar oportunamente los daños ocasionados a la infraestructura de servicios públicos domiciliarios, cuando las reparaciones correspondan al usuario.
- Perturbar o permitir que se afecte el sosiego en el vecindario por altos ruidos, fiestas, reuniones cuando afecten la tranquilidad de las personas.
- Comportamientos que afecten la tranquilidad y relaciones respetuosas de las personas en espacio público, lugares abiertos al público, o que siendo privados trasciendan a lo público como irrespetar normas propias de lugares públicos tales como salas de velación, cementerios, clínicas, hospitales, bibliotecas, museos entre otros.
- Consumir bebidas alcohólicas, drogas o sustancias prohibidas dentro de institución o centro educativo, también en el espacio público o lugares abiertos al público ubicados dentro del área circundante según perímetro legal.
- Multa Tipo 4: tiene un costo aprox. de $786.880 (32 SMDLV)
Se encuentran:
- Arrojar en las redes de alcantarillado, acueducto y de aguas lluvias, cualquier objeto, sustancia, residuo, escombros, lodo, combustibles o lubricantes, que alteren u obstruyan el normal funcionamiento.
- Todo desacato, resistencia, obstaculización, negarse a dar información veraz sobre residencia a autoridades de Policía.
Fuente: Finanzas personales
No hay comentarios.:
Publicar un comentario